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viernes, abril 19, 2024

Echaron de la UAEH a biólogo que hizo estudio contra confinamiento en Zimapán

. El posdoctor en ecología, Dr. Miguel Ángel Martínez Morales fue cesado de su puesto como investigador del Centro de Investigaciones Biológicas de la Universidad Autónoma del Estado de Hidalgo (UAEH), el pasado mes de diciembre del 2007, justo tres meses después de la publicación de su estudio de Impacto Ambiental que contradice los argumentados presentados por la industria española Befesa y del Gobierno federal para la instalación del confinamiento tóxico en Zimapán

Por Luis Alberto Rodríguez / Desde Abajo

Pachuca, Hgo., México.-Una vez que fue dado a conocer su estudio de Impacto Ambiental que contradice los argumentados presentados por la industria española Befesa y del Gobierno federal para la instalación del confinamiento tóxico en Zimapán, fue cesado el biólogo Miguel Ángel Martínez Morales de su puesto como investigador del Centro de Investigaciones Biológicas de la Universidad Autónoma del Estado de Hidalgo (UAEH).

Información proporcionada por colegas del D. Martínez Morales y confirmada por el movimiento cívico Todos Somos Zimapán que dirige José María Lozano, relatan que el académico fue echado de su puesto en el mes de diciembre del 2007, justo tres meses después de su publicación el 5 de septiembre.

Irma Labra, integrante de Todos Somos Zimapán, confirmó lo que académicos y colegas de Martínez Morales ya habían denunciado: Al investigador lo despidieron del Cuerpo Académico de Ecología (Biología) del CIB-UAEH en diciembre, sin que la fecha se conozcan los términos; no obstante, su registro como integrante de esta academia, aún permanece en la página web oficial de esta casa de estudios.

Martínez Morales se desempeñaba como investigador adscrito al Laboratorio de Ecología del Paisaje y Ordenamiento Ambiental, del CIB. Es posdoctor en Ecología por la UNAM y autor de nueve publicaciones oficiales entre las que destacan su aportación a la conservación de las especies en peligro de extinción.

Como académico del CIB, perseguía líneas de investigación en ecología y conservación de una biota endémica insular (Estudio sobre los efectos ecológicos de la introducción de la boa [Boa constrictor] sobre la biota de Cozumel); identificación de áreas prioritarias para la conservación en Hidalgo: el caso de las aves; e Identificación de áreas prioritarias para la regeneración de mezquitales en Hidalgo.

Además, impartía las materias de Ecología del Paisaje, Recursos Naturales y Ecología y Manejo de Vertebrados.

El estudio

El estudio que le dio el pase de salida al Dr. Martínez Morales de su puesto como investigador en al UAEH, precisa que la construcción del confinamiento tóxico en el municipio de Zimapán es inviable, en principio, por violar las normas ecológicas establecidas por la Secretaría del Medio Ambiente y Recursos Naturales (Semarnat), dependencia quien, no obstante, autorizó la obra a la industria española BEFESA.

El documento denominado “Análisis preliminar de la Manifestación de Impacto Ambiental del proyecto para construir una PLANTA DE ESTABILIZACIÓN-INERTIZACIÓN Y CONFINAMIENTO DE RESIDUOS INDUSTRIALES en el Ejido Cuauhtémoc, Zimapán, Hidalgo”, elaborado por Martínez Morales, detalla cómo BEFESA incumple con las disposiciones mínimas para la construcción del basurero tóxico en Zimapán.

El análisis de Manifestación de Impacto Ambiental (MIA) precisado en el estudio preliminar señala que BEFESA “no cumple” con lo dispuesto en el reglamento ecológico vigente con registro NOM-055-ECOL-1993, pues, “el sitio donde se ubicará el confinamiento se encuentra sobre una corriente d aguad intermitente”, cuando la norma establece que cualquier proyecto de confinamiento deberá “estar alejado longitudinalmente 500 metros a partir del centro del cauce de cualquier corriente superficial, ya sea permanente o intermitente, sin importar su magnitud.”

Además de que “el poblado de Zimapán, con una población de 11,500 habitantes (2005), se ubica dentro del radio de 25 km de la planta”, lo que imposibilita la construcción del confinamiento, pues la norma establece que “la distancia del límite del centro de población debe ser como mínimo de 25 kilómetros para poblaciones mayores de 10,000 habitantes con proyección al año 2010.”

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