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viernes, marzo 29, 2024

[OPINIÓN] La incólume Comisión de Derechos Humanos en Hidalgo

. Como ejemplo de su retraso, basta indicar que el titular de la “defensoría del pueblo”, es elegido, casi impuesto, por el gobernador en turno, y de ninguna manera está garantizada su ciudadanización.

Por Luis Alberto Rodríguez / Desde Abajo

En octubre, Alejandro Straffon Ortíz dejará de ser el presidente de la Comisión de Derechos Humanos del Estado de Hidalgo (CDHEH). Su gestión de ocho años pasará incólume ante sendas violaciones a los derechos humanos que se perpetraron durante su cargo. Opaca y servil. La CDHEH es hoy fondo y forma del poco avance de Hidalgo en esta materia; aunque, es importante señalarlo, su culpabilidad también se debe observar a través de su Ley Orgánica, la cual no permite la independencia y autonomía del organismo al cien por ciento. Con uno de los presupuestos más bajos del país, como ejemplo de su retraso, basta indicar que el titular de la “defensoría del pueblo”, es elegido, casi impuesto, por el gobernador en turno, y de ninguna manera está garantizada su ciudadanización.

1.- Para Straffon Ortíz , el gobernador Miguel Osorio Chong, es “un verdadero promotor de los derechos humanos” , según dijo al rendir su último informe en febrero. Y fue más allá, al asegurar con impunidad que en Hidalgo “no se dan ejecuciones extrajudiciales, sumarias ni arbitrarias, tampoco hay desapariciones forzadas, ni presos políticos”. Declaraciones que no se justifican cuando un informe de la Red Todos los Derechos para Todos y Todas señala a la entidad como la segunda –después de Guerrero-, donde más se criminaliza la protesta social, y las masacres y desapariciones de indígenas rebeldes es un pendiente histórico sin resolver; pero que sí se explicarían, dado que el ombudsman hidalguense es hijo de Alejandro Straffon Arteaga, ex procurador de justicia de Hidalgo acusado por la Fiscalía Especializada en Movimientos Sociales y Políticos del Pasado (Femospp) por la desaparición de seis integrantes de la Brigada Campesina Lacandona el 18 de noviembre de 1974, siendo protagonista de la guerra sucia echeverrista.

2.- La CDHEH informó que durante su último periodo se recibieron y atendieron 34 mil 47 asuntos, mismos que a su vez analizados detenidamente condujeron a la iniciación de 6 mil 542 expedientes de quejas de las cuales 6 mil 479 ya fueron concluidas siendo formuladas 146 recomendaciones. Straffon atendió “quejosos” más no víctimas; atendió “quejas”, más no violaciones. O en palabras del aún presidente de la Comisión de Derechos Humanos del DF, Emilio Álvarez Icaza: comisiones como las de Hidalgo “no se ubican defendiendo a ciudadanos que ejercen derechos. No se ubican defendiendo víctimas. Se ubican administrando quejas, problemas y atendiendo quejosos”. De tal modo, nunca importó que la entidad se encuentre dentro de los 14 estados con más corrupción política en México, según Transparencia Mexicana o como de los que peor desarrollo humano presenta, según el Programa de las Naciones Unidas para el Desarrollo (PNUD); índices que son consecuencia directa de la permanente insatisfacción de los derechos humanos económicos, políticos, sociales, ambientales y culturales de la población.

3.- Ante pobre ejemplo, se debe abrir a la ciudadanía el proceso de selección del nuevo presidente de la CDHEH y terminar con su imposición desde el Ejecutivo estatal. La sucesión, pues, debe ser mediante un esquema de transparencia y de frente a la sociedad, que fortalezca la autonomía del organismo, donde la convocatoria respectiva deberá establecer claramente los criterios para ocupar el cargo, el periodo de consulta y la instancia encargada de realizarla. Esta es la que demandan más de 15 organizaciones de la sociedad civil dedicadas a la defensa de los derechos humanos en el Estado.

4.- Al momento, el titular del organismo es nombrado por el Congreso del Estado, de entre una terna propuesta por el Titular del Poder Ejecutivo del Estado, que resulte de la consulta que se realice con las Instituciones de Educación Superior y agrupaciones de Abogados en la Entidad, según lo dice el Artículo 17 de su Ley orgánica. Cosa no mínima, si consideramos que la Cámara local está compuesta por 30 diputados, 26 de los cuales pertenecen al partido del gobernador, quien, a su vez, “elige” a tres abogadas o abogados como candidatos, entre escuelas y barras, las cuales se han distinguido, precisamente, por ser inactivos a la causa de los derechos humanos.

5.- En la “consulta” gubernamental se debe escuchar y considerar las propuestas de las organizaciones de la sociedad civil de Hidalgo, en particular las dedicadas a los derechos humanos; deben publicarse con antelación los perfiles y currículo vitae de las o los aspirantes, pero sobre todo sus propuestas para dirigir la CDHEH; se debe abrir un periodo de inscripción pública, cuya información que aporten los aspirantes será de acceso público, salvo los datos que protege la Ley de Transparencia.

6.- La elección del titular de la CDHEH es de las pocas en Latinoamérica que no cumplen con los Principios de París (1992), órgano rector de los organismos públicos de derechos humanos, que se refieren a garantizar la autonomía, el carácter público, el vínculo con la sociedad civil y la cooperación y colaboración gubernamental con la ciudadanía para construir un “verdadero Ombudsman”.

luis@desdeabajo.org.mx

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