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domingo, diciembre 22, 2024

Leyes hidalguenses violadas en Radio Express

Por Tania Meza Escorza / Desde Abajo

Un par de semanas atrás, el propietario de la cafetería pachuqueña “Radio Express” solicitó a la pareja conformada por Alejandro Ávila y Fernando Serrano que se abstuviera de mostrar su afecto en dicho establecimiento, porque otros clientes se habían molestado al verlos besarse.

Mala suerte para el propietario que esos dos clientes a quiénes violentó eran más que ciudadanos conocedores de sus derechos. Alejandro Ávila es el presidente de “1791 Asociación Civil por la diversidad sexual”, organización ciudadana que junto con “Transgénero Hidalgo”, constituye una de las dos únicas asociaciones hidalguenses dedicadas a la promoción de los derechos de la comunidad Lésbico, Gay, Bisexual, Transexual, Transgénero, Travesti e Intersexual (LGBTTTI)

Ante la agresión, Alejandro y Fernando presentaron una queja en la Comisión de Derechos Humanos del Estado de Hidalgo (CDHEH), misma que quedó registrada bajo el número de expediente CDHEH-I-2-0223-10, por parte del primer visitador Humberto Vieyra Alamilla, quien turnó el caso a la abogada Nancy Cárdenas de la O.

En una reunión anterior con la Red Unida de Organizaciones de la Sociedad Civil del Estado de Hidalgo, el presidente de la CDHEH, Raúl Arroyo, aseguró que no defendería los Derechos Humanos como activista, porque no lo era (posición muy cuestionable), pero que lucharía por los derechos fundamentales dentro del marco de la ley. Pues bien, éstas son las dos leyes del estado de Hidalgo que se violaron en Radio Express, al prohibirse los besos entre una pareja homosexual:

– Ley de la juventud del estado de Hidalgo, publicada el 31 de diciembre de 2007, en el Título Primero (Disposiciones generales), capítulo único (del objeto y ámbito de aplicación de la ley), artículo 5, fracción II, determina para su interpretación la igualdad sin distinción de preferencia sexual y otras condiciones que atenten contra la dignidad y tengan por objeto anular o menoscabar los derechos y libertades de las personas. En el Título Segundo (de los derechos y deberes de los jóvenes), capítulo 1 (de los derechos de los jóvenes), sección segunda (del derecho a la no discriminación), artículo 11, se estipula el reconocimiento de derechos sin ningún tipo de discriminación y nuevamente aparece la preferencia sexual como condición.

– La ley para prevenir y eliminar la discriminación para el estado de Hidalgo, publicada el 10 de marzo de 2008, que en el artículo 4 del capítulo 1 (Disposiciones generales) entiende por discriminación “toda distinción, exclusión o restricción que tenga por efecto impedir o anular el reconocimiento o el ejercicio de los derechos y la igualdad real de oportunidades de las personas basada en diversos motivos, entre los que se incluyen las preferencias sexuales; y considera, en la fracción XXVIII del artículo 9 del capítulo II (Medidas para prevenir la discriminación), como conducta discriminatoria: “Explotar o dar un trato abusivo o degradante a cualquier persona; Incitar al odio, violencia, rechazo, burla, difamación, injuria, persecución o la exclusión; Realizar o promover el maltrato físico o psicológico por la apariencia física, forma de vestir, hablar, gesticular o por asumir públicamente su preferencia sexual”.

Cabe señalar que esta Ley faculta a la Presidencia Municipal de Pachuca y a la Comisión de los Derechos Humanos del Estado de Hidalgo a promover condiciones para hacer efectiva la libertad de las personas de la diversidad sexual, mediante el establecimiento de medidas positivas o compensatorias directas, para evitar un nuevo caso de violencia homofóbica en la entidad.

De manera textual, la Ley enfatiza “Los poderes públicos, deberán eliminar aquellos obstáculos que limiten en los hechos su ejercicio e impidan el pleno desarrollo de las personas, así como su efectiva participación en la vida política, económica, cultural y social del Estado y promoverán la participación de los particulares en la eliminación de dichos obstáculos”.

Sobre el lamentable hecho ocurrido en Radio Express, Luis Alberto Rodríguez Ángeles, embajador contra la discriminación del Consejo Nacional para Prevenir la Discriminación (Conapred) señaló que resulta “Muy preocupante lo ocurrido, ya que la ciudad de Pachuca y el Estado de Hidalgo en general, deben avanzar hacia un orden civilizatorio donde esté garantizada la tolerancia, el respeto y la inclusión social con equidad y todos los derechos a los que debe acceder la población LGBTTTI”.

Como bien ha señalado la CDHEH, en un evento entre particulares lo más que puede lograrse es la emisión de una recomendación, que el dueño de la cafetería puede o no aceptar. Para evitar que este lamentable hecho siga creciendo y que un espacio de apertura como hasta hace poco había sido el Radio Express se constituya ahora en un referente de homofobia, sería recomendable que, tras una disculpa pública por parte del propietario, pudieran realizarse en dicho lugar jornadas de promoción de los derechos de la población LGBTTTI.

Además, este suceso queda como el botón de muestra para la clase política hidalguense respecto al derecho a la diversidad sexual. Más allá de si Hidalgo está listo para legislar sobre el matrimonio Gay, lo trascendente es ver cómo las y los integrantes de las minorías en el estado necesitan urgentemente mecanismos legales que les permitan ejercer su libertad de ser como quieren ser, sin que nadie se sienta con el derecho frenarles, porque “a otros clientes les molesta”.

Comentarios: taniamezcor@hotmail.com

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