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jueves, octubre 10, 2024

Si de elecciones se trata

En diciembre comentaba sobre las reformas constitucionales que ponen en riesgo el estado laico, y que la Iglesia, o mejor dicho, la jerarquía católica y los grupos vinculados a ella, ha intentado y sigue intentando recuperar el poder y el control que tuvo en nuestro país hasta mediados del siglo XIX.

Esto no son sólo alucinaciones mías. Resulta que la Arquidiócesis de México publicó en su página web el 15 de febrero pasado las “Orientaciones Orientaciones Pastorales del Sr. Arzobispo Primado de México y sus Obispos Auxiliares sobre el voto responsable de los fieles católicos y personas de buena voluntad”, una guía para inducir el voto entre la feligresía católica, a pesar de que el Artículo 130 Constitucional prohíbe expresamente a los ministros “asociarse con fines políticos ni realizar proselitismo a favor o en contra de candidato, partido o asociación política alguna. Tampoco podrán en reunión pública, en actos del culto o de propaganda religiosa, ni en publicaciones de carácter religioso, oponerse a las leyes del país o a sus instituciones, ni agraviar, de cualquier forma, los símbolos patrios…”

Lo que sin duda para mucha gente esto es una clara violación de nuestra Constitución, para la Secretaría de Gobernación no es así, por lo que va a realizar un diagnóstico para ver si es legal o no dicha acción. De hecho la propia Secretaría de Gobernación impulsará que las asociaciones religiosas, léase iglesias, promuevan entre su feligresía el “derecho al sufragio libre, secreto y universal; al tiempo que divulguen entre sus ministros de culto el marco legal vigente en materia religiosa, ello con el único propósito de evitar conductas que puedan constituir actos de proselitismo político a favor o en contra de candidatos o partidos políticos. Lo anterior, sin menoscabo de los derechos y libertades que la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos garantiza a todos los ciudadanos sin distinción”, de acuerdo con el boletín de prensa No. 70, de fecha 24 de febrero de 2012, emitido por dicha Secretaría.

En las orientaciones pastorales sobre el voto se establece que “los Pastores del Pueblo de Dios” tienen el deber de “orientar a los fieles en aquellos planteamientos políticos que, por sus implicaciones religiosas, morales y sociales, contradicen las enseñanzas de la Iglesia Católica con el objetivo de que sus opciones políticas sean morales y justas”. Para ello llaman a la feligresía a considerar al menos 9 puntos para la emisión de su voto, pero la parte medular se centra en los siguientes aspectos:

“En lo concerniente a los valores emanados del Evangelio, los católicos deben estar atentos al compromiso de los candidatos y sus partidos de respetar el primero de todos los derechos, que es el derecho a la VIDA, desde el momento de la concepción hasta su fin natural.

Los fieles cristianos católicos deben tener claridad que no es posible hacer una opción política por quienes son partidarios o promotores de falsos derechos y libertades que atentan contra las enseñanzas contenidas en la Sagrada Escritura, la tradición y la doctrina de la Iglesia.”

Lo que entiendo es que la jerarquía católica está encabezando una campaña política proselitista a favor del PAN, por lo que no es de extrañar que no vaya haber algún tipo de sanción y, en el supuesto de que la haya, ésta sea mínima.

Recordemos que para la iglesia católica el uso de anticonceptivos, la interrupción legal del embarazo, los matrimonios entre personas homosexuales y la adopción de menores por estas parejas, entre otros temas, no solamente son reprobables, sino que son pecados, y pretenden convertir los pecados en delitos; para ello cuenta con aliadas y aliados en los tres poderes de la Unión y en los tres niveles de gobierno.

Así, el pasado 23 de febrero las diputada María Joann Novoa Mossberger y Paz Gutiérrez Cortina junto con el diputado Óscar Saúl Castillo Andrade del grupo parlamentario del PAN, presentaron en la Cámara de Diputados una Iniciativa que reforma el artículo 4o. de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, para garantizar el “derecho a la vida desde la concepción y hasta la muerte natural”.

Creo que todas las personas reconocemos que el derecho a la vida es uno de los derechos humanos fundamentales, sin embargo, este derecho no es absoluto, tal y como lo ha establecido la Suprema Corte de Justicia de la Nación, ya que considerarlo de manera absoluta implicaría desconocer la dignidad de las mujeres, restringiendo sus derechos humanos.

“La protección de la vida en gestación es relevante, siempre y cuando sea compatible o se guarde un equilibrio razonable con los derechos de las mujeres”.

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