Las ocho mujeres fueron encontradas con huellas de violencia extrema, violadas y algunas de ellas con mutilaciones. Todas tenían entre 25 y 40 años de edad. De lo más doloroso es que actualmente en Tula hay tres mujeres desaparecidas con las mismas características que las asesinadas.

por Tania Meza Escorza
Cuando la desgarradora cadena de feminicidios comenzó en Ciudad Juárez, Chihuahua en 1993, las mujeres asesinadas aparecían de la misma manera que hoy se descubren en Tula: Primero, una por mes, después dos por mes.
El pasado viernes 25 de enero se halló a la octava asesinada en seis meses, quien también es la tercera en el mes de enero. Esta octava mujer no fue encontrada por las autoridades, sino por los familiares de la séptima víctima, quienes buscaban pertenencias de su parienta asesinada en el lugar donde hallaron el cadáver, y en ese mismo sitio se toparon con el octavo cuerpo.
De acuerdo con “Rumbos Semanario”, un medio de comunicación de la región de Tula que ha dado cuenta de los feminicidios, el cadáver de la primera mujer apareció en junio, el segundo en septiembre, el tercero en octubre, el cuarto en noviembre, el quinto en diciembre y los últimos tres en este enero.
Las ocho mujeres fueron encontradas con huellas de violencia extrema, violadas y algunas de ellas con mutilaciones. Todas tenían entre 25 y 40 años de edad. De lo más doloroso es que actualmente en Tula hay tres mujeres desaparecidas con las mismas características que las asesinadas.
La Ley de Acceso de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia para el Estado de Hidalgo (LAMVLVEH) señala que la violencia feminicida es la forma extrema de violencia de género contra las mujeres, producto de la violación de sus derechos fundamentales, en los ámbitos público y privado, conformada por el conjunto de conductas misóginas que pueden conllevar impunidad social y del Estado y puede culminar en homicidio y otras formas de muerte violenta de mujeres.
En materia de atención a la violencia institucional y feminicida, esta Ley de Acceso estipula que el Estado y sus Municipios impulsarán: Unidades en contra de la violencia de género, en todas las dependencias de la Administración Pública Estatal y Municipal, que participen en el Sistema Estatal. (¿Todas las secretarías del gobierno del estado contarán con estas unidades? ¿O habrá algunas que no tuvieron voluntad para instaurarla?) También implementarán un subprograma anual de capacitación y modificación conductual por secretaría para servidores públicos en materia de discriminación y género (¿Qué dependencias contarán con este subprograma y cuáles habrán logrado tal “modificación conductual”?)
Además, en el caso concreto de la alerta de género por violencia feminicida, la LAMVLVEH obliga a observar las disposiciones dispuestas en la Ley General, y lo que esta Ley General de Acceso dice, es que la alerta de violencia de género es el conjunto de acciones gubernamentales de emergencia para enfrentar y erradicar la violencia feminicida en un territorio determinado, ya sea ejercida por individuos o por la propia comunidad (…) La alerta de violencia de género contra las mujeres tendrá como objetivo fundamental garantizar la seguridad de las mismas, el cese de la violencia en su contra y eliminar las desigualdades producidas por una legislación que agravia sus derechos humanos.
La declaratoria de alerta de violencia de género se emitirá cuando: Los delitos del orden común contra la vida, la libertad, la integridad y la seguridad de las mujeres, perturben la paz social en un territorio determinado y la sociedad así lo reclame; exista un agravio comparado que impida el ejercicio pleno de los derechos humanos de las mujeres, y los organismos de derechos humanos a nivel nacional o de las entidades federativas, los organismos de la sociedad civil y/o los organismos internacionales así lo soliciten.
La ley dice que corresponderá al gobierno federal a través de la Secretaría de Gobernación declarar la alerta de violencia de género y notificará la declaratoria al Poder Ejecutivo de la entidad federativa de que se trate. (¿QUÉ TAL? Aquí veremos si el hijo pródigo en verdad es tan pródigo)
En la famosa sentencia del Campo Algodonero, en la cual la Corte Interamericana de Derechos Humanos (CIDH) condena al gobierno de México por tres de los cientos de asesinatos en Juárez, la justicia internacional describe de la siguiente manera los primeros años de los feminicidios en Chihuahua:
“En 1993 había comenzado un patrón de secuestros, violaciones y asesinatos de mujeres en Ciudad Juárez. De manera sistemática, las autoridades no tomaron en serio estos crímenes, señalando a menudo que las víctimas tenían la culpa por los crímenes cometidos en su contra y tratando a los familiares con desprecio. Pocos de los autores de estos crímenes fueron llevados a la justicia, lo que creó un clima de miedo e inseguridad para las mujeres”.
Oficialmente, Chihuahua cumple en este 2013 dos vergonzosas décadas de feminicidios, en donde la constante ha sido la impunidad y la violencia feminicida institucional (sin embargo, la prensa chihuahuense reportaba asesinatos de mujeres por motivos de género desde 1989). En este espejo debemos mirarnos, para evitar cometer los mismos errores.
Para detener esta dolorosa cadena hay que reconocer que el problema existe, que ocho feminicidios en siete meses no son hechos aislados, que las víctimas no “se lo buscaron” por su estilo de vida, y que todas ellas merecen que se haga justicia.
Por eso duele cuando Francisco Olvera publica en su cuenta de Twitter “En #Tula vamos con todo el compromiso. Toda la actitud enérgica. Todo el apoyo a las víctimas y con toda la sociedad sin politizar el dolor”. ¿Sin politizar el dolor? ¿Y qué es lo que han hecho el ejecutivo y legislativo estatales sino politizar el dolor cuando se pelean por ver quién se lleva el mérito de tipificar el feminicidio en Hidalgo, si el PRI o la oposición?
http://twitter.com/taniamezcor
www.facebook.com/TaniaMezcor