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domingo, diciembre 22, 2024

Alcalde golpeador y desafuero

PABLO VARGAS GONZÁLEZ

Ante la brutal noticia, que conmocionó a parte de la sociedad hidalguense de que el alcalde del municipio Tepehuacán de Guerrero Hilario Mendoza Benítez propinó tremenda golpiza a su esposa María Virginia Ortiz Monroy, la Cámara de Diputados local inició tibiamente un procedimiento para el desafuero. Esta instancia advierte que puede tardar semanas o meses, cuando la reforma energética la aprobó en un par de horas.

El 24 de diciembre pasado cuando estábamos organizando la fiesta de noche buena y el intercambio de regalos y buenos deseos llegó la noticia de que el alcalde Mendoza Benítez practicó una buena sesión de box y artes marciales con su esposa a tal grado de romperle la mandíbula y golpear en el vientre hasta dejarla en estado inconsciente. Todo ello fue agravado por los improperios dirigidos y las amenazas.

En una entidad donde la violencia de género presenta graves indicadores y donde se han ido sumando la muerte violenta de mujeres, que desde luego en esta entidad no podemos calificar como “feminicidios”, en las últimas semanas es necesario que las autoridades competentes hagan su trabajo y vayan a fondo.

El asunto toma no solo visos penales, a todas luces constatables, ya que la presidenta del DIF municipal presentó una denuncia por golpes y amenazas que se comprueba por los testigos y las lesiones que forzaron a una intervención quirúrgica. Sino de carácter político ya que para hacer frente a los cargos el alcalde debe ser desaforado por el Congreso Local hidalguense. Pero aquí es donde pueden presentarse las dilaciones u otras prácticas que impidan la justicia no solo para la víctima sino claramente para la sociedad.

Se trata de un hecho que tiene varios elementos que son violatorios de leyes locales, federales e internacionales. No puede tratarse un tema que se ha colocado en la opinión pública nacional, como un “asunto doméstico” donde se apliquen normas superficiales o los “usos y costumbres”. Con la Reforma Constitucional de Derechos Humanos en 2011 ahora aplican inclusive los tratados internacionales que en materia de derechos de la mujer están vigentes.

Tan solo México firmó y ratificó aunque tardíamente varios tratados y convenciones internacionales siendo la más importante la “Convención sobre la eliminación de todas las formas de discriminación contra la mujer” (CEDAW) es todo un catálogo de prevención y protección de las mujeres contra la violencia y la discriminación. Los Estados Partes se comprometen a establecer la protección jurídica de los derechos de la mujer sobre una base de igualdad con los del hombre y garantizar, protección efectiva de la mujer contra todo acto de discriminación.

Por su parte la Procuraduría estatal (PGJE) ya hizo su labor, integró la averiguación previa y envió la “pelotita” al Congreso Local solicitando un juicio de declaración de procedencia (desafuero) en contra del alcalde golpeador. Pero este apenas es el primer paso. Deben seguirse los procedimientos de la Ley de Responsabilidades de los Servidores Públicos, pero también las normas internas de los diputados.

Una entidad como Hidalgo que requiere de mensajes contra la impunidad, la falta de justicia, y de credibilidad, en este caso pone la atención sobre los trabajos y actuaciones del Congreso Local. Ante hechos plenamente comprobables y verificables no es posible usar un discurso “engaña bobos” ni mucho menos prácticas dilatorias para proteger a los victimarios.

La prensa ha dado cuenta de que no es el único caso en altos funcionarios golpean a sus esposas o las maltratan. Muchos otros casos ni siquiera llegan a la luz pública. El alcalde golpeador debe enfrentar los cargos desde las dos posiciones como gobernante y “servidor público” y como ciudadano. En ambos no cabe duda que se han afectado los intereses de la sociedad.

No sería aceptable que el hecho se politizara y se quisiera blandir banderas. Hemos visto en tiempos recientes la docilidad y aplicación de los diputados para temas de mayor calado e importancia que las han despachado en minutos. En este caso la sociedad les demanda la aplicación de criterios nuevos “pro persona” y “pro víctima” que requiere la rapidez y el compromiso.

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