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viernes, julio 26, 2024

Ilegalidad en entrega de aguinaldos; bonificaciones a los burócratas y pérdidas para los trabajadores particulares

Existe discriminación arbitraria en la entrega de aguinaldos entre los trabajadores del sector privado y el gubernamental, pues mientas a unos se les gravan y reducen de forma ilegal sus bonificaciones, a los otros se les aumenta sin consideraciones, violando la Ley Laboral que establece en el artículo 31 que los trabajadores recibirán aguinaldo “sin deducciones», lo que contraviene disposiciones de orden federal en materia de impuestos.

Por Luis Alberto Rodríguez / Desde Abajo


Burocracia (foto: Carlos Sevilla)

Pachuca, Hgo. México. Al término de los periodos laborales en los ámbitos públicos y privados, el derecho al aguinaldo no resulta ser la misma clase de garantía entre los trabajadores de ambos sectores, pues ha quedado constatado que esta prestación se otorga de forma diferenciada y discriminadora, violando la Ley Laboral.

Y es que a todas las personas que no trabajan para los gobiernos se les cobra un impuesto por recibir su aguinaldo, mientras que a los burócratas no, constituyendo así una violación a la ley laboral, cuando la norma especifica que se deben otorgar menos prerrogativas a quienes se desempeñan para empresas particulares, pues, por ejemplo, a los trabajadores privados la ley les ampara sólo con 15 días de aguinaldo, mientras que a los burócratas les corresponden 60 días por ley.

De ese modo, las legislaciones laborales que rigen las relaciones entre particulares y con los gobiernos, se tornan discriminatorias sin que instancias que tutelen los derechos humanos se pronuncien al respecto.

De acuerdo a lo especificado por el abogado Augusto Hernández Abogado, experto en materia de derechos humanos, el artículo 23 de la Declaración Universal de los Derechos Humanos avala el derecho al trabajo que toda persona tiene y que debe ser remunerado de manera equitativa y satisfactoria. Más allá de que en los hechos el trabajo no asegura una justa retribución salarial conforme a la dignidad humana, en esta época navideña que, gracias a conquistas laborales, se ha instituido la repartición de aguinaldos, queda manifiesta una pugna entre la legalidad.

“El derecho del trabajo como propósito, busca establecer un justo equilibrio entre el capital y el trabajo, pues en la propia Constitución Política federal desde 1917 se reconoció esta lucha antagónica irreconciliable, ya que el capital intenta acrecentarse a costa del trabajo y por supuesto, del trabajador, a quien se pretende pagarle menos y que produzca más», señala.

Expone que cuando se habla de trabajo burocrático, varían algunos principios básicos, como es la propia legislación a aplicar en casos de conflictos en que el Estado, en su calidad de patrón, es parte.

En Hidalgo se emitió en el año de 1987, la “Ley de los Trabajadores al Servicio de los gobiernos Estatal y Municipales, así como de los organismos descentralizados, para el Estado de Hidalgo», misma que fue reformada en julio del 2004. En dicha ley, se establece en el artículo 31 que los trabajadores recibirán aguinaldo “sin deducciones», lo que contraviene disposiciones de orden federal en materia de impuestos, como lo es el Impuesto Sobre la Renta que grava cualquier tipo de ingreso.

La Suprema Corte de Justicia de la Nación ha establecido por jurisprudencia que el aguinaldo integra al salario, por lo que sin duda se trata de un ingreso que debe ser gravado y que, sin embargo, la ley burocrática estatal restringe para ser gravado, de ahí que resulte paradójico que se otorgue el derecho al aguinaldo de manera diferenciada entre los trabajadores del Estado y los de empresas particulares.

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