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lunes, diciembre 9, 2024

Escuela niega inscripción a menor embarazada

. Que daría “mal ejemplo” a sus compañeras

. El actual encargado de la dirección de la Escuela Secundaria Técnica número 31 – ubicada en una de las zonas más pobres del municipio de Mineral de la Reforma, al noreste de Pachuca-, Leoncio Salas Hernández, no le permitió a una estudiante de 12 años de edad que se inscribiera al segundo año escolar con el argumento de que “ya no podía” seguir estudiando debido a su embarazo, pues consideró que era “muy peligroso” que en su condición asistiera a clases; además de que para su compañeras era un “mal ejemplo” porque “podían hacer lo mismo”.

Por Luis Alberto Rodríguez / Desde Abajo

Mineral de la Reforma, Hgo., México.- A punto de entrar al segundo año de secundaria, las autoridades de su escuela le negaron dicha oportunidad por estar embarazada.

Fue el actual encargado de la dirección de la Escuela Secundaria Técnica número 31, Leoncio Salas Hernández, quien no le permitió a una estudiante de 12 años de edad que se inscribiera al segundo año con el argumento de que sería “un mal ejemplo” para sus compañeras el que llegara a clases con el vientre crecido por el embarazo.

Su madre –quien optó ser protegida por el secreto profesional del periodista, pero que se acreditó con credencial de elector, copia de la cual obra en poder del reportero-, denuncia que la actitud tomada por Salas Hernández no es nueva en esa secundaria. Que ella conozca, en promedio siete niñas de segundo y tercer año de los turnos matutino y verpertino, han sido “invitadas” a no renovar su matrícula escolar por estar embarazadas; actuación ilegal, de acuerdo la Ley para la Protección de las Niñas, Niños y Adolescentes en el Estado de Hidalgo, por tratarse de un acto de discriminación por embarazo.

El caso actual se dio en julio pasado, cuando en el periodo de inscripciones, Leoncio Salas Hernández -quien lleva un año como “encargado” de la dirección de la Técnica 31 pues aún no se ha colocado a un director formal-, determinó que la niña “ya no podía” seguir estudiando debido a su embarazo, pues consideró que era “muy peligroso” que en su condición asistiera a clases; además de que para su compañeras era un “mal ejemplo” porque “podían hacer lo mismo”.

El problema es que ella deseaba continuar estudiando, afirma su madre. De hecho, llevaba uno de los mejores promedios de la secundaria: 9.4. Por eso, y al margen de su condición, ni Salas Hernández ni alguna otra autoridad escolar “es nadie para juzgarme”, sentenció la niña en entrevista.

La madre acudió ante la Secretaria de Educación Pública de Hidalgo (SEPH) para denunciar la discriminación de la que fue objeto su hija, por consejo de la trabajadora social de la secundaria; sin embargo, a la fecha, no ha existido respuesta.

Contra la Ley

Según se desprende de la Ley para la Protección de las Niñas, Niños y Adolescentes en el Estado de Hidalgo, el caso constituye una violación al artículo 27 de la norma, el cual, en su párrafo tercero expone que el Estado se asegurará de que “se brinde a las niñas y adolescentes, la oportunidad o alternativa de continuar y concluir sus estudios, si así lo deciden cuando se presente un embarazo”

La Ley estatal señala que “las niñas, niños y adolescentes, tienen derecho a una educación que respete su dignidad y les prepare para la vida en un ambiente de comprensión, paz y tolerancia”, y se asegurará de que a ellos y a ellas se les discrimine “en materia de oportunidades educativas y se establezcan mecanismos para contrarrestar las razones culturales, económicas, religiosas o de cualquier otra índole, que propicien dicha discriminación”

Además de que en sus párrafos V, VII, VIII y IX, la Ley señala que el Estado garantizará que se impulsen “la enseñanza y respeto de los derechos humanos; en especial la no discriminación, así como la no violencia física y psicológica”; “Se impida en las Instituciones Educativas, la imposición de medidas de disciplina que no estén previamente establecidas, sean contrarias a su dignidad, atenten contra su vida o su integridad física o mental; ”Que en las Instituciones Educativas se establezcan mecanismos para la solución de conflictos a través de Reglamentos que determinen claramente las conductas que impliquen faltas a la disciplina y los procedimientos”; y que “Las Instituciones Educativas informen en debida forma y oportunamente, los derechos que tienen las niñas, niños y adolescentes, así como los procedimientos para hacerlos valer”

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