. ¡Todas somos Alejandra!
Puebla, México, Agosto 2009.- . En marzo del presente año se aprobó en el estado de Puebla La Ley de la Familia; por su contenido, la forma en como fue aprobada, lo que evidenció, y dado que aún en otros estados del país existen iniciativas en espera de debate y aprobación, se hace necesario el análisis de ésta reforma que eleva a rango constitucional postulados morales de un sector de la sociedad, dejando de lado temas de fondo tales como el sistema de salud, presupuestos económicos y educación sexual.
Entre la moral y las leyes
Partimos de una diferenciación entre la ética, la moral y las leyes. La primera es la ciencia que estudia a la moral, así como las implicaciones de sus transformaciones a través de la historia. La segunda es el actuar individual que se condiciona por el nivel cultural, ideológico, religioso, económico, social, político. Las leyes son estudias por la ciencia del derecho como proceso histórico, cuyo aspecto práctico se realiza al momento en que se convierte en norma a cumplir. Entre la ética, la moral y las leyes no existen polarizaciones, sólo hay delimitaciones que se entrelazan de acuerdo a la voluntad de la clase en el poder que trata de convertir en norma su visón del mundo.
En el caso de la Ley de la familia la analizamos en esta unidad moral-legal. Para ello desarrollaremos un cuadro comparativo de los postulados morales en forma de léxico jurídico entre la iniciativa, Capítulo IV, DE LA FAMILIA, Art 18*, y su aprobación, Capítulo V, DE LA FAMILIA, Art. 26; así como el comentario correspondiente.
Iniciativa |
Aprobación |
Comentario |
Art. 18. El Estado reconoce a la familia como agrupación primaria, natural y fundamental que constituye una unidad política y social que promueve la enseñanza y transmisión de los valores culturales, éticos y sociales necesarios para el desarrollo de las diferentes generaciones que la conforman. |
Art. 26. El Estado reconoce a la Familia como una institución fundamental que constituye una unidad política y social que promueve la enseñanza y transmisión de los valores culturales, éticos y sociales necesarios para el desarrollo de las personas que la conforman.
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La Constitución Mexicana en su Art. 1 menciona: “En los Estados Unidos Mexicanos todo individuo gozará de las garantías que otorga esta Constitución,…”. Es decir, no existirá discriminación por pertenecer a tal o cual institución. Además “La soberanía nacional reside esencial y originariamente en el pueblo….” (Art. 39) y “El pueblo ejerce su soberanía por medio de los Poderes de la Unión,…” (Art. 41) |
I.- Su organización sobre la base del matrimonio; |
I. Su forma de organización |
Se pasa de una forma específica de familia que se contrae por contrato civil (dejando fuera el concubinato, o aquellas familias que por necesidad económica o circunstancias concretas se desintegran, las sociedades de convivencia, etc.) a otra que no define la estructura organizativa. |
II.- Las relaciones familiares se basan en la igualdad de derechos y deberes, la solidaridad, el esfuerzo común, la comprensión mutua y el respeto recíproco entre sus integrantes; |
II. Las relaciones entre los integrantes de la familia deben ser con base a la equidad, la igualdad de derechos y deberes, la solidaridad y el respeto recíproco. |
Se decreta la educación de los integrantes de la familia bajo principios ético-morales a pesar de que cada familia se desarrolla en contextos diferentes; que es su condición social lo que impulsa su actuar, no al revés. |
IV.- La vida humana debe ser protegida desde el momento de la concepción hasta la muerte natural. El Estado garantizará a las personas el pleno goce y ejercicio de todos sus derechos; |
IV. La vida humana debe ser protegida desde el momento de la concepción hasta la muerte natural, salvo los casos previstos en las leyes; |
Se penaliza el aborto y la inseminación artificial. En el caso de la muerte, se penaliza la muerte asistida (o eutanasia). En ambos casos se deja de lado el hecho de que son el efecto de una causa determinada. |
IX.- El trabajo de la madre, en casa, debe ser reconocido y respetado por su valor para la familia y la sociedad;
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IX.- El trabajo de la madre y del padre en casa, debe ser reconocido y respetado por su valor para la familia y la sociedad;
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La Ley Federal del Trabajo indica: “Trabajadores domésticos son los que prestan los servicios de aseo, asistencia y demás propios o inherentes al hogar de una persona o familia.” (Art. 331); además, “Salvo lo expresamente pactado, la retribución del doméstico comprende, además del pago en efectivo, los alimentos y la habitación…” (Art. 334). Esta fracción IX se ajusta al orden moral, no laboral. |
TRANSITORIOS. ARTÍCULO SEGUNDO.- Se derogan todas las disposiciones que se opongan al presente ordenamiento.
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TRANSITORIOS. ARTÍCULO SEGUNDO.- Se derogan todas las disposiciones que se opongan al presente ordenamiento.
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El siguiente artículo del Código de Defensa Social de Puebla se opone. “Artículo 343.- El aborto no es sancionable en los siguientes casos: I.- Cuando sea causado solo por imprudencia de la mujer embarazada; II.- Cuando el embarazo sea el resultado de una violación; III.- Cuando de no provocarse el aborto, la mujer embarazada corra peligro de muerte, a juicio del médico que la asiste, oyendo éste el dictamen de otro médico, siempre que esto fuere posible y no sea peligrosa la demora; y IV.- Cuando el aborto se deba a causas eugenésicas graves, según dictamen que previamente rendirán dos peritos médicos. |
El cuadro nos indica que la iniciativa se enmarca en postulados morales, específicamente de una moral conservadora, que al pasar al texto aprobado en esencia sigue manteniendo el mismo carácter, la última fila del cuadro así lo demuestra.
La aprobación
Por medios de comunicación se dio a conocer que la propuesta de La ley de la familia fue cabildeada por parte del gobierno del estado con el nuevo arzobispo de Puebla Víctor Sánchez Espinosa[1] y presentada por el Presidente de la Gran Comisión del Congreso José Othón Bailleres Carriles (PRI). Durante la sesión del Congreso del 12 de marzo llegaron al recinto legislativo diferentes ONG´s a manifestarse para que votaran en contra de la llamada “Ley Bailleres” o Ley de la familia; para hacer contrapeso los legisladores Eduardo Rivera Pérez y Manuel Janeiro Fernández (PAN) mandaron traer a jóvenes para apoyar la reforma. En un acto de intolerancia el diputado Bailleres solicito que ingresara la fuerza pública, finalmente la reforma fue aprobada en lo general por los 29 de 41 legisladores.
Es de llamarse la atención que: 1. La aprobación de La ley de la familia es una imposición, toda vez que no existió información, análisis y consenso entre la ciudadanía. 2. Los legisladores que votaron en contra (PRI, PRD, PT, PC) de la Ley de la familia demostraron su incapacidad para crear los mecanismos necesarios para que el tema fuera decido por la ciudadanía, o por lo menos para posponer el debate. 3. Los diputados en general legislan de acuerdo a las coyunturas políticas dejando a la población en total vulnerabilidad dado que solamente se le utiliza para dichos fines. Y 4. La conveniencia política de los legisladores y sus partidos ha llegado a tal grado que se han erigido por encima del pueblo mexicano y por debajo de un sector social que no fue elegido constitucionalmente pero con gran poder político-económico que trata de imponer su ideología, sus normas, su visión de la vida y del mundo.
Los temas de fondo
El sistema de salud. La epidemia de influenza (gripe) humana, con la variación del virus A(H1N1), ha puesto al descubierto el desmantelamiento de la salud pública. En lo que concierne a mecanismos de prevención, sanación y rehabilitación, se evidencio que ni siquiera la primer etapa tenemos garantizada, tan es así que de acuerdo con el informe del 14 de mayo de 2009 de la Organización Mundial de la Salud “…Se habían notificado 2446 casos humanos confirmados mediante pruebas de laboratorio, 60 de ellos mortales, en México;…”[2]. A nivel de investigación el gobierno mexicano se vio en la necesidad de apoyarse en los países del norte para saber con exactitud de que virus se trataba. Lo que es peor, el gobierno federal había determinado en 2007 un presupuesto de 300 millones de pesos para las vacunas contra la influenza[3], sin contar que del presupuesto general para la salud se destina casi un 60{9e1ff1bee482479b0e6a5b7d2dbfa2de64375fcf440968ef30dd3faadb220ffd} para el seguro popular, programa social que en nada resuelve la salud de los mexicanos. En lo que concierne a los medios para controlar la epidemia, el Estado mexicano no dudo en confinar a las personas en sus casas, prohibir eventos masivos, vinculación física con personas, hechos que no tendrían relevancia de no ser porque en países europeos a pesar de que sabían de la magnitud de la epidemia los gobiernos de aquellos países no asumieron las mismas medidas que en nuestro país; lo sucedido en México es más una simulación de estado de sitio que de control de salud.
El aborto. Hemos retomado la situación que se dio con la epidemia para ver la magnitud del problema existente respecto a temas de salud pública. En el caso del aborto se enfoca a evitarlos legalmente, aunque quien tenga recursos económicos podrá ir a otro estado o país que no penalice esa práctica.
Para analizar el aborto tenemos que contextualizarlo, enfocándolo en tres ejes fundamentales: prevención, intervención en crisis y rehabilitación. Es decir, los abortos son prevenibles, para ello se requiere de una educación sexual integral (ver el acto sexual no solo como proceso fisiológico, sino también como salud mental), un aumento del nivel cultural de las/los jóvenes que les permita construir un proyecto de vida que integre las motivaciones y aspiraciones personales con la conciencia de contribuir en el ámbito social a la dignidad humana (lo cual se logra formándolas/los desde los primeros años de vida). La intervención en crisis se refiere al ámbito jurídico que otorga atención médica, como lo estipula nuestra Constitución “Toda persona tiene derecho a la protección de la salud….” (art. 4). Cabe recordar que quienes controlan el ámbito legal también controlan lo ilegal, no es fortuito que ha sabiendas de que en diarios impresos se anuncian “clínicas o personas que apoyan con ¿embarazos no deseados?”, lugares que laboran en las condiciones más insalubres, sigan funcionando sin sanción alguna. Por ello, esta penalización del aborto lejos de resolver el problema orilla a un actuar ilegal. La rehabilitación se refiere a otorgar el apoyo médico y de terapia psicológica, así como todo lo necesario para que al continuar su vida asimile las consecuencias de sus decisiones y no se asuma como la persona “indigna” de la familia y de la sociedad.
Enfermedades pendientes. La diabetes, el virus de papiloma humano que origina cáncer cervicouterino y el SIDA por mencionar algunas de las enfermedades degenerativas y mortales que deberían ser tema prioritario en el ámbito de salud, vemos que siguen quedando relegados a segundo termino, es decir son tema de coyuntura política, no de protección de la vida de compatriotas. Es innegable que sigue habiendo un uso político de la ley, existe una perversión de la política como carrera para escalar y obtener beneficios personales; este es uno de lo hechos de que el pueblo mexicano ha dejado de creer en las instituciones, siendo la corrupción y el nepotismo los conceptos que caracterizan a los funcionarios públicos. De igual manera, los intereses económicos privados, por ejemplo empresas transnacionales o grandes terratenientes, tienen un impacto cada vez mayor en los derechos económicos y sociales de la población de la comunidad en la que están ubicados. Sobre todo por que hay un impacto negativo sobre los derechos humanos, lo cual va acompañado de autoridades que no intervienen cuando personas no identificadas, que presuntamente actuaban en nombre de intereses económicos privados, han atacado a organizaciones sociales, indígenas, campesinas, populares y hasta defensores de los derechos humanos. A estas alturas nos seguimos preguntando ¿hasta cuándo el Estado entenderá que no se debe subestimar al pueblo mexicano?
Este artículo fue elaborado entre:
La Liga Estudiantil Democrática (LED), integrante del
Frente Nacional de Lucha por el Socialismo (FNLS)
ligesdem@gmail.com
y
La Red de Defensa de los Derechos Humanos (REDDH)/www.reddh.org/contacto@reddh.org
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