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viernes, octubre 11, 2024

Despenaliza Hidalgo drogas de consumo personal

. En la iniciativa se hacen precisiones sobre los términos y se define una relación de sustancias psicotrópicas que una persona puede poseer para su estricto consumo personal e inmediato, sin que sea sancionado por ello, ya que la adicción es una enfermedad y no un delito.

Drogas de consumo personal no se considerará delito en Hidalgo. Foto: especial

Pachuca,Hgo., México (Agencia Desde Abajo).- El Congreso del Estado de Hidalgo aprobó la despenalización parcial del consumo de drogas en cuanto a cantidades mínimas consideradas de uso personal, en el marco de una serie de reformas que le permitirán al Estado el tratamiento de framacodependientes fuera el ámbito Federal pues, consideraron, este representa una adicción y no un delito.

Así, el Parlamento hidalguense aprobó un paquete de reformas a 8 leyes estatales que se adecúan a los principios de las leyes federales para atender eficazmente los problemas derivados de drogas ilícitas, adicciones y delitos contra la salud y a través de las cuales se define el espacio de competencia tanto de la Federación como del Estado en la investigación y persecución del fenómeno conocido como narcomenudeo.

En la reformas que se hacen a la Ley General de Salud de Hidalgo, se asigna a las autoridades estatales la responsabilidad de atender la rehabilitación de las personas farmacodependientes que de ninguna manera se consideran delincuentes.

Los Diputados que conforman la LX Legislatura aprobaron por unanimidad el dictamen presentado por la Comisión de Legislación y Puntos Constitucionales. Las leyes que se reformaron son la siguientes: Código de Procedimientos Penales, Ley Orgánica del Ministerio Público vigente, Ley Orgánica del Poder Judicial, Ley Orgánica de la Defensoría Pública, Ley General de Salud, Ley de Seguridad Pública, Ley de Justicia para Adolescentes y Ley de Ejecución de Penas. Presentaron el dictamen en la tribuna los diputados José Almaquio García Cravioto, Honorato Rodríguez Murillo y Miguel Rivero Acosta. Los cambios en las leyes locales y las que se realizaron anteriormente a las federales mantienen en el fuero federal los delitos contra la salud, pero concede al fuero local la procedencia de atender los casos de menor dimensión, lo que representa coadyuvar esfuerzos para una misma causa.

En la iniciativa se hacen precisiones sobre los términos y se define una relación de sustancias psicotrópicas que una persona puede poseer para su estricto consumo personal e inmediato, sin que sea sancionado por ello, ya que la adicción es una enfermedad y no un delito. No obstante, esto no significa que se descuide las acciones de investigación y persecución del delito contra la salud, quien y dónde se le suministró la droga para evitar la impunidad.

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