El Consejo General del Instituto Estatal Electoral de Hidalgo (IEEH), durante la segunda Sesión Extraordinaria del mes de diciembre, aprobó la tercera Manifestación de Intención de un Aspirante a Candidato Independiente a la Gubernatura del Estado de Hidalgo en el Proceso Electoral Local 2021-2022.
Derivado de la revisión de los requisitos legales y la documentación comprobatoria solicitada, el Consejo General determinó que el C. Francisco Berganza Escorza cumplió en tiempo y forma con lo establecido, y cuenta con los requisitos legales contenidos en los artículos 224 del Código Electoral; 10 y 11 de las Reglas de Operación; así como en la Base Cuarta apartado 1) de la respectiva Convocatoria para ser Aspirante a Candidato Independiente, por lo se consideró procedente su Manifestación de Intención.
En consecuencia, se le deberá entregar la constancia correspondiente, y podrá hacer uso de la aplicación informática del Instituto Nacional Electoral (INE) para comenzar a recabar el Apoyo Ciudadano a la que refiere la Convocatoria de personas interesadas en contender por una Candidatura Independiente, no obstante, en el caso de los requisitos de elegibilidad, éstos deberán ser verificados por esta Autoridad Electoral al momento en que se solicite el registro de la candidatura, pues hacerlo antes implicaría exigir requisitos no previstos en ley.
De la misma manera, es importante precisar que con la entrega de la constancia en comento, no se otorga el registro de la candidatura ni tampoco se garantiza su posterior otorgamiento, sino que con ello únicamente se autoriza al aspirante Francisco Berganza Escorza a solicitar el Apoyo Ciudadano establecido en el Acuerdo IEEH/CG/172/2021 y referido en la Base Cuarta numeral 2 de la Convocatoria, consistente en reunir cuando menos 65,002 cédulas de respaldo, debiendo observar la dispersión de por lo menos 43 municipios que representen el 1.5% de ciudadanos que figuren en la Lista Nominal de Electores en cada uno de ellos, esto, según lo establece el artículo 228 de Código Electoral.
De conformidad con el artículo 225 del Código Electoral, en relación con la base Cuarta, apartado 2) de la Convocatoria, el aspirante a Candidato Independiente podrá realizar actos tendentes a recabar el Apoyo Ciudadano por medios diferentes a la radio y televisión, siempre que no constituyan actos anticipados de campaña dentro del plazo del 13 de diciembre de 2021 al 10 de febrero de 2022.
Al respecto, el Consejero Electoral Guillermo Corrales Galván, Presidente de la Comisión Permanente de Prerrogativas y Partidos Políticos, hizo un atento llamado a las 3 personas a quienes esta Autoridad Electoral ha aprobado sus Manifestaciones de Intención para respetar el tope de gastos para la obtención del Apoyo Ciudadano, el cual no puede exceder los 2´229,865.83 pesos, según lo estableció el Consejo General desde el pasado 28 de octubre.
Respecto de las otras 3 personas a quienes se mantiene en reserva la aprobación de sus Manifestaciones de Intención, Corrales Galván especificó que el Consejo General ha trabajado a marchas forzadas con el propósito de priorizar su oportunidad de recabar el Apoyo Ciudadano, por lo que informó que se han hecho las diligencias necesarias para que presente la documentación establecida en la Convocatoria, las cuales deberán subsanar para determinar la procedencia de sus Manifestaciones de Intención.
Por su parte, el Consejero Francisco Martínez Ballesteros, precisó que la vía de la Candidatura Independiente obedece a reglas específicas y requisitos especiales y destacó que éstos son muy puntuales y breves en la primera etapa de Manifestación de Intención; añadió que las 3 personas a quienes se les ha aprobado la Manifestación de Intención ha sido debido a que cumplieron con los requisitos establecidos en la Convocatoria y que en el momento que marca la legislación, se revisarán los requisitos de elegibilidad. Enfatizó que durante esta primera etapa, se les considerará como Aspirantes a una Candidatura Independiente a quienes cumplan con la totalidad de los requisitos establecidos.