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domingo, octubre 6, 2024

ALDF tipifica feminicidio

Con estas reformas se estableció en el artículo 148 bis del Código Penal del DF que comete feminicidio quien, por razones de género, prive de la vida a una mujer y será castigado con penas de 20 a 50 años de prisión.

Por Anayeli García Martínez

México, DF(CIMAC).- El pleno de la Asamblea Legislativa del Distrito Federal (ALDF) aprobó tipificar el feminicidio y establecer la obligación de las autoridades de implementar protocolos especializados para investigar el nuevo delito.

Durante la sesión extraordinaria de hoy, la ALDF aprobó con 51 votos la tipificación de ese crimen en la Ciudad de México y, en una votación posterior, avaló con 41 sufragios a favor y 15 en contra la obligatoriedad de que haya protocolos especializados de investigación.

Con estas reformas se estableció en el artículo 148 bis del Código Penal del DF que comete feminicidio quien, por razones de género, prive de la vida a una mujer y será castigado con penas de 20 a 50 años de prisión.

Cuando el agresor y la víctima hayan tenido una relación afectiva, de confianza, sentimental, de parentesco, laboral, docente o que haya implicado subordinación o superioridad, el feminicidio se castigará con penas de 30 a 60 años de cárcel.

El presidente de la Comisión de Justicia, Julio César Moreno, presentó ante el pleno el dictamen aprobado el pasado 9 de junio entre esa instancia y la Comisión de Equidad y Género. La propuesta aprobada reforma los códigos Penal y de Procedimientos Penales del DF.

LOS ARGUMENTOS

Al tomar la palabra para razonar su voto a favor, la presidenta de la Comisión de Equidad y Género, Beatriz Rojas, señaló que las reformas constituyen un avance importante en materia de igualdad de género y de Derechos Humanos (DH) de las mujeres en la Ciudad de México.

Al hablar de la importancia de este tema, citó los casos de Carmen, una mujer de 27 años de edad sometida a tortura y arrojada atrás del Aeropuerto Internacional de la capital y que fue encontrada el pasado 12 de junio.

También mencionó que el pasado 24 de abril la Procuraduría de Justicia del DF encontró el cuerpo desmembrado de una mujer en la colonia San Miguel Chapultepec y destacó que así como estos crímenes, ocurren muchos asesinatos de mujeres que no se investigan.

Cabe recordar que de enero de 2009 a diciembre de 2010 se registraron 125 casos de feminicidio en la Ciudad de México, según datos de la Procuraduría de Justicia capitalina.

“Es por ello que necesitamos cambios cualitativos estructurales en los órganos encargados de impartir justicia que tengan una visión con perspectiva de género y disposición para garantizar un cambio de acceso en la impartición de justicia para las mujeres”, consideró Beatriz Rojas.

La presidenta de la Comisión de Salud, Maricela Contreras, recordó que con esta legislación se reconoce la sentencia de la Corte Interamericana de Derechos Humanos (CoIDH) sobre el caso Campo Algodonero, en Ciudad Juárez.

Este caso se refiere al feminicidio de Esmeralda Herrera Monreal, Laura Berenice Ramos Monárrez y Claudia Ivette González, quienes fueron encontradas asesinadas- junto con otros cinco cuerpos más- en ese predio en noviembre de 2001.

“DEFICIENCIAS JURÍDICAS”

Si bien el dictamen se aprobó por unanimidad en un primer momento, se reservaron algunos artículos: el 105 bis y 106 ter del Código de Procedimientos Penales por parte de la fracción perredista y el 148 bis por parte de la bancada panista.

De acuerdo con el diputado Julio César Moreno las reservas se hicieron para darle sustento al tipo penal. La integración de lineamientos mínimos para investigar el asesinato doloso de una mujer fue aprobada con 41 votos a favor.

El diputado panista Carlo Fabián Pizano Salinas (integrante de ambas comisiones dictaminadoras) argumentó que si bien su bancada estaba en contra de cualquier tipo de violencia contra las mujeres, el tipo penal era “deficiente”.

Señaló que el dictamen no respetaba los principios constitucionales de presunción de inocencia, que carecía de técnica jurídica y que la tipificación no resolvía el problema de fondo, por lo que votó a favor pero propuso una nueva definición del delito.

En esta redacción señaló que feminicidio era el asesinato de una mujer que supusiera actos como amenaza, maltrato, lesiones, tortura o violencia en cualquiera de sus modalidades y que se le impondría una sanción de 20 a 50 años de prisión

“El problema de fondo en la violencia contra las mujeres se llama impunidad”, aseguró. Sin embargo su propuesta fue rechazada por el pleno de la ALDF.

DF Y MORELOS: EL PARÁMETRO

Al recinto de la ALDF se dieron cita integrantes de organizaciones civiles, activistas y especialistas en violencia de género, quienes aplaudieron la tipificación del nuevo tipo penal que —dijeron— visibiliza esta forma extrema de violencia contra las mujeres.

En entrevista, la antropóloga y pionera en estudiar el feminicidio, Marcela Lagarde, dijo a Cimacnoticias que era muy importante que se hubiera aprobado la tipificación del nuevo delito. “Es un delito bien elaborado y firme”, afirmó.

Dijo que aún es difícil que se reconozcan los derechos de las mujeres, sin embargo celebró este avance y resaltó que nadie estuvo en contra de que se tipificara el feminicidio y que los argumentos en contra fueron en cómo se estructuró el tipo penal.

“Me parece que ahora habrá que implementar eso y combinarlo con los ordenamientos de la Ley de Acceso de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia porque ésta también busca crear condiciones de igualdad entre mujeres y hombres”, aseguró.

La ex diputada federal del PRD recordó que el feminicidio se da como resultado de una situación estructural y de un fenómeno social y cultural basado en las costumbres y mentalidades, pero finalmente dijo que éste es un paso más a favor de una vida libre de violencia.

La coordinadora del Observatorio Ciudadano Nacional del Feminicidio (OCNF), María de la Luz Estrada, señaló que la tipificación es un avance en el acceso a la justicia y que era una deuda pendiente en torno a la violencia y asesinatos de mujeres.

Dijo que la creación del tipo penal debe reformar la actuación de los operadores de justicia para que se lleven diligencias que permitan arribar a la verdad y sancionar a los asesinos y a las autoridades que no investiguen con una perspectiva de género y de DH.

Ana Yeli Pérez Garrido, también integrante del OCNF, destacó que con estas reformas se acata la sentencia de la CoIDH sobre Campo Algodonero y es un avance para acabar con la discriminación en el sistema de justicia capitalino.

Mencionó que se trata de una reforma integral, con elementos objetivos que se pueden acreditar y consideró que, al igual que Morelos, el DF debe ser el parámetro para los estados que tipifiquen este delito.

Con el DF suman seis entidades que han tipificado el feminicidio: Guerrero, Estado de México, Guanajuato, Morelos y Tamaulipas.

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