En Hidalgo hay una sobrepoblación penitenciaria promedio de 990 personas, según la Comisión de Derechos Humanos del Estado. Esto representa el 22 por ciento de las 4 mil 500 personas que, en total, están recluidas en prisiones de la entidad.
Con la aprobación de la Ley de Amnistía en Hidalgo, la cual busca liberar a personas injustamente presas, ¿es posible reducir el hacinamiento en las cárceles hidalguenses? Según el diputado de Morena, Víctor Guerrero Trejo: no, pues esta medida únicamente beneficiaría a 230 personas. Quedará, entonces, ese pendiente.
Con la Ley de Amnistía quedarían en libertad aquellas personas que cometieron delitos como robo simple y sin violencia; contra la salud, que no estén involucrados con delincuencia organizada; así como los cometidos por personas pertenecientes a pueblos y comunidades indígenas que, durante su proceso, no hayan tenido intérpretes o defensores en su propia lengua.
Además, quedarían en libertad aquellas mujeres que fueron recluidas por aborto. Al respecto, el Instituto Mexicano del Seguro Social (IMSS) puso a disposición del Ministerio Público estatal a cinco mujeres indebidamente presas por interrupción del embarazo en Hidalgo.
El diputado Guerrero Trejo informó que, en días pasados, la Comisión de Seguridad Ciudadana y Justicia del Congreso de Hidalgo aprobó la iniciativa de Ley de Amnistía para Hidalgo, por lo que solo falta que se apruebe en el pleno para que entre en vigor en la entidad.
¿Por qué es necesaria la Amnistía?
En 2015, esta reportera tuvo acceso a la historia de una mujer llamada Citlalli, de 25 años, recluida en la cárcel de Santa Martha Acatitla. Su delito fue robar un litro de leche, unas alitas de pollo y un frasco de mermelada. El costo total de lo robado fue 86 pesos, pero se le pedía una fianza de 12 mil 460 pesos. Ella no tenía los medios para pagar esa suma, por lo que se le impuso una condena de 6 años de prsión. El represéntate legal de la cadena comercial Walmart no quiso otorgar el perdón, pues aseguraba que el delito se cometió con violencia; sin embargo, esto no se pudo comprobar.
Citlalli cumplió cinco años de su condena y fue liberada en 2016. Pero ya en la calle, le negaron el trabajo. Desesperada, volvió a delinquir.
Y aunque en México el hurto famélico o robo por hambre no se considera un delito, las autoridades, generalmente, imponen una sentencia de hasta 10 años considerando simplemente la comisión de la infracción, pero no ahondan en las particularidades.
Así, también se tienen casos de personas indígenas que no contaron con un traductor al momento de su detención y por ello no tuvieron un debido proceso, violando sus derechos humanos. De ahí la necesidad de aprobar dicha ley para verificar los casos que cumplan con esta normativa y concederles su libertad.
Si bien es cierto que, con la amnistía, se pretende reparar el daño a una persona injusta o indebidamente presa, es obligación de las autoridades velar por el cumplimiento de sus derechos durante la reinserción social. Y así, evitar casos como los de Citlalli, donde una persona podría recaer en conductas antisociales para cubrir necesidades básicas. Este es otro aspecto pendiente de resolver.