El Congreso de Hidalgo aprobó el dictamen que contiene la reforma a la Constitución Política de la entidad que establece la prohibición para ocupar cargos de representación popular ni ser funcionarios públicos, a quienes hayan sido sentenciados por violencia familiar, delitos sexuales y a los morosos en el pago de pensiones alimentarias.
Además avalaron la minuta con proyecto de decreto por el que se reforman y adicionan los artículos 38 y 102 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, en materia de suspensión de derechos para ocupar cargo, empleo o comisión del servicio público.
Durante la sesión ordinaria 134, integrantes de la LXV Legislatura del Congreso de Hidalgo aprobaron 25 dictámenes emitidos por la Primera Comisión de Legislación y Puntos Constitucionales.
Con 22 votos a favor las diputadas y diputados aprobaron la iniciativa que reforma la Constitución Política de Hidalgo en materia de suspensión de derechos para ocupar cargo, empleo o comisión del servicio público.
En dicha iniciativa se adiciona el artículo 17 Bis de la Constitución Política de Hidalgo, para quedar como sigue: las personas no podrán ser registradas como candidatas o candidatos a cualquier cargo de elección popular, ni ser nombradas para empleo, cargo o comisión en el servicio público.
Lo anterior cuando se tenga sentencia firme por la comisión dolosa de delitos contra la vida y la integridad corporal. Además contra la libertad y seguridad sexuales, el normal desarrollo psicosexual; por violencia familiar, violencia familiar equiparada o doméstica, violación a la intimidad sexual; por violencia política contra las mujeres en razón de género, en cualquiera de sus modalidades y tipos, y ser declarada como persona deudora alimentaria morosa.
«Juro que no soy agresor»: formato obligatorio
La iniciativa avalada por unanimidad, estipula que los partidos deberán solicitar a los aspirantes firmar un formato en el que, bajo protesta de decir verdad, aseguran que no han sido condenados o sancionados por violencia doméstica, de género o sexual.
Además las y los legisladores locales avalaron la minuta con proyecto de decreto por el que se reforman y adicionan los artículos 38 y 102 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, en materia de suspensión de derechos para ocupar cargo, empleo o comisión del servicio público.
De acuerdo con la minuta, las causales por las que los derechos o prerrogativas de los ciudadanos se suspenden será por tener sentencia firme por la comisión intencional de delitos contra la vida y la integridad corporal; contra la libertad y seguridad sexuales, el normal desarrollo psicosexual; por violencia familiar, violencia familiar equiparada o doméstica, violación a la intimidad sexual.
Además por violencia política contra las mujeres en razón de género, en cualquiera de sus modalidades y tipos; por ser declarada como persona deudora alimentaria morosa.
Adicionalmente, en el segundo párrafo del apartado A del artículo 102 de la Constitución Federal, se propone incluir lenguaje no sexista, adicionar como requisito que la persona que aspire al cargo se encuentre en pleno ejercicio de sus derechos.